INFORMACION DE FONDO
Informe del Departamento de Estado sobre Prácticas
de Derechos Humanos en 2007
Publicado el 11 de marzo de 2008
Traducción extraoficial de la sección concerniente a México
– Inglés
Original
México es una república federal constitucional,
con una población de 108 millones. En julio de 2006,
Felipe Calderón, del Partido Acción Nacional
(PAN), fue elegido presidente para un período de
seis años, en unas elecciones multipartidistas que,
en conjunto, fueron libres y justas. Aún cuando las
autoridades civiles mantuvieron en general un control efectivo
de las fuerzas de seguridad, hubo casos frecuentes en los
que elementos de dichas fuerzas de seguridad actuaron independientemente
de la autoridad del gobierno.
El gobierno generalmente respeta y promueve los derechos
humanos a nivel nacional mediante la investigación,
el enjuiciamiento y la condena de funcionarios públicos
y miembros de las fuerzas de seguridad. No obstante, persistieron
los problemas de impunidad y corrupción, en particular,
a nivel estatal y local. Se informó de los siguientes
problemas relacionados con los derechos humanos: asesinatos
llevados a cabo por fuerzas de seguridad; secuestros, incluso
cometidos por policías; maltrato físico; hacinamiento
y condiciones penitenciarias deficientes; arrestos y detenciones
arbitrarias; corrupción, ineficiencia y falta de
transparencia en el sistema judicial; confesiones obtenidas
mediante maltrato físico y admitidas como evidencia
en juicios; intimidación criminal de periodistas
que lleva a la autocensura; corrupción en todos los
niveles del gobierno, violencia doméstica contra
la mujer, con frecuencia perpetrada con impunidad; violencia,
incluso asesinatos, contra las mujeres; tráfico de
personas, en ocasiones con presunta participación
oficial; discriminación social y económica
contra los pueblos indígenas; y trabajo infantil.
Como primer paso, en un intento por reformar y dar profesionalidad
a la policía, el gobierno relevó a 284 comandantes
de la policía federal, entre ellos a los 34 comandantes
de la policía regional, y capacitó y evaluó
estrictamente a sus suplentes.
RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS
Sección 1 Respeto a la integridad de la persona,
con protección contra:
a. Privación arbitraria o ilícita de la vida
El gobierno o sus representantes no cometieron ningún
asesinato por motivos políticos; sin embargo, se
informó que, durante el año, las fuerzas de
seguridad, actuando dentro y fuera del ejercicio de sus
funciones, mataron a varias personas.
El 2 de junio, soldados del ejército mataron a tiros
a una familia de cinco personas, en un puesto de control
en Sinaloa. Las autoridades detuvieron y acusaron a tres
oficiales y 16 reclutas en relación con los asesinatos.
Al final del año, los 19 soldados permanecían
encarcelados y en espera de juicio en un tribunal militar.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH),
organismo semiautónomo, emitió recomendaciones
sobre este caso que la Secretaría de la Defensa Nacional
(SEDENA) convino en investigar. Al final del año,
la SEDENA estaba aún preparando el caso contra los
soldados.
No hubo avance en la investigación oficial de los
dos asesinatos ocurridos en abril de 2006, durante la intervención
de la policía estatal y federal en una huelga de
mineros en el Estado de Michoacán. En octubre de
2006, la CNDH y las ONG locales de derechos humanos acusaron
a las fuerzas de seguridad estatales y federales de emplear
fuerza excesiva.
Para finales del año, el gobierno no había
tomado ninguna medida en respuesta a la investigación
realizada por la CNDH en octubre de 2006, la cual concluyó
que las autoridades fueron responsables de las muertes de
Javier Cortés Santiago, de 14 años, y Ollin
Alexis Benhumea, en mayo y junio de 2006, durante un enfrentamiento
entre la policía y manifestantes armados en San Salvador
Atenco. La procuraduría general del estado no formuló
conclusiones al final del año sobre sus investigaciones
de los enfrentamientos.
El conflicto político en el Estado de Oaxaca, que
se estima causó la muerte directa o indirectamente
de 20 civiles en 2006, se estabilizó al inicio del
año; sin embargo, las investigaciones estatales y
federales no han resuelto ninguna de las denuncias de abusos
ni asesinatos oficiales relacionados con la violencia de
2006. No avanzó la investigación del gobierno
del asesinato en octubre de 2006 del periodista estadounidense,
Bradley Will, quien cubría los disturbios de Oaxaca
cuando un asesino desconocido lo mató a tiros.
Al final del año, cuatro agentes de la policía
municipal permanecían encarcelados con cargos relacionados
con la muerte de José Gabriel Velázquez Pérez
en agosto de 2006, en Chiapa de Corzo, Chiapas.
Durante el año, el presidente Calderón manifestó
el compromiso de su gobierno con el desmantelamiento de
los carteles de narcotráfico del país, y movilizó
a más de 20.000 soldados del ejército y policías
federales contra narcotraficantes en 10 estados. De acuerdo
con informes de los medios de difusión, durante el
año, carteles rivales mataron aproximadamente a 2.470
personas, entre ellas 300 agentes de policía y 27
soldados. La violencia contra agentes de la policía
fue particularmente grave en la ciudad de Monterrey y en
los estados de Guerrero, Michoacán y Sinaloa.
No hubo ningún avance en la investigación
de la Procuraduría General de la República
(PGR) del asesinato de tres estudiantes universitarios en
2005, en Tamaulipas, perpetrado por agentes de la Policía
Federal Preventiva (PFP).
El 20 de marzo, fueron puestas en libertad por falta de
pruebas suficientes dos de las 26 personas arrestadas en
relación con el ataque realizado por un grupo parapolicial
en 2004, en el que murieron tres agentes de la PFP en el
barrio de Tláhuac de la Ciudad de México.
Al final del año, las 24 personas restantes se encontraban
en la cárcel en espera de juicio.
El 13 de julio, el Tribunal Federal de procesos penales
absolvió al ex presidente Luis Echeverría
de responsabilidad criminal por la matanza de manifestantes
en la Ciudad de México, en 1968. El tribunal no encontró
pruebas de que Echeverría hubiera estado implicado
o sido responsable de ordenar el asesinato de personas.
b. Desaparición
No hubo informes confirmados de desapariciones por motivos
políticos. En varios casos de denuncias de desapariciones,
la policía había mantenido incomunicada a
la persona desaparecida durante varios días. Como
en años anteriores, hubo informes dignos de crédito
de participación de la policía en secuestros
para pedir recompensa, principalmente a nivel estatal y
local.
En julio y septiembre, el Ejército Popular Revolucionario
(EPR), un movimiento guerrillero armado, atacó los
ductos de la empresa petrolera nacional (PEMEX) en tres
incidentes diversos. El grupo manifestó que los ataques
fueron una respuesta al "secuestro" de tres de
sus miembros perpetrado por fuerzas de seguridad. El gobierno
declaró que no tenía ningún miembro
del grupo en custodia, pero pidió que elementos de
seguridad investigaran el paradero de las tres personas.
A finales del año, no había habido nuevos
acontecimientos.
No hubo avance en el caso contra un agente de la PGR y
dos agentes antinarcóticos acusados de secuestro
y extorsión del gerente de un centro nocturno en
la Ciudad de México, en 2005.
El secuestro sigue siendo un problema grave para personas
de todos los niveles socioeconómicos. Muchos casos
no fueron denunciados debido a que las familias negociaron
directamente con los secuestradores. Se cree que el número
de casos denunciados a las autoridades fue mucho menor que
el número real de secuestros. Un problema grave fueron
los secuestros exprés, en los que la víctima
es detenida por poco tiempo para obtener pago, con frecuencia
forzándola a usar una tarjeta de cajero automático
para vaciar la cuenta de banco. Cálculos extraoficiales
diversos estiman que el número de estos secuestros
supera en mucho los secuestros tradicionales.
c. Tortura y penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes
Aún cuando la ley las prohíbe, estas prácticas
persisten, y el maltrato físico en particular sigue
siendo un problema grave. A pesar de que la ley dispone
lo contrario, con frecuencia se admitieron como evidencia
confesiones obtenidas mediante maltrato físico. La
CNDH y otros grupos de derechos humanos acusaron a las autoridades
de emplear técnicas sofisticadas que incluyen la
tortura psicológica y los métodos tradicionales
para extraer confesiones. Las confesiones siguen empleándose
como prueba principal en muchos casos penales, lo cual fomenta
el uso por parte de la policía del maltrato físico
para extraer el testimonio de los acusados. Muchos ciudadanos
desconfían de los agentes del orden y del sistema
de justicia en general, y se rehúsan a presentar
denuncias oficiales o a comparecer como testigos. Los agentes
de la PGR manifestaron que los delincuentes detenidos suelen
presentar en legítima defensa denuncias falsas de
maltrato.
La CNDH recibió 395 denuncias de trato cruel o degradante
y cuatro denuncias de tortura durante el año, en
comparación con las seis denuncias de tortura en
2006. Los grupos de defensa de los derechos humanos vincularon
también el maltrato físico con la realización
generalizada de las detenciones arbitrarias. La policía
y los ministerios públicos intentaron con frecuencia
justificar un arresto obteniendo por la fuerza la confesión
de un delito.
El gobierno intervino para poner en ejecución medidas
contra la práctica de la tortura. El gobierno federal
y algunos estados implementaron el Protocolo de Estambul,
que incluye una guía sobre la investigación
y la documentación de casos de tortura y otros abusos.
El 2 y 3 de mayo, en el Estado de Michoacán, un
enfrentamiento entre un convoy del ejército y presuntos
narcotraficantes dejó cinco soldados y un coronel
muertos. Posteriormente, el ejército llevó
a cabo redadas en viviendas de varias aldeas vecinas, en
busca de personas relacionadas con uno de los narcotraficantes.
Según la CNDH y las ONG, los soldados detuvieron
arbitrariamente y luego golpearon y quemaron con encendedores
a un número indeterminado de familiares, sumergieron
a una persona en un pozo y violaron a cuatro mujeres, dos
de ellas menores de edad. Supuestamente, los soldados detuvieron
a 10 personas en una base militar local, donde siguieron
golpeándolas y torturándolas.
La CNDH informó que, el 7 de mayo, también
después de un enfrentamiento con cuatro presuntos
narcotraficantes, un segundo convoy del ejército
detuvo arbitrariamente y supuestamente torturó a
siete adultos y un menor en una base militar. La CNDH emitió
una recomendación no vinculante en la que se solicita
a la SEDENA que investigue este caso y que los perpetradores
sean juzgados. La SEDENA aceptó las recomendaciones
de la CNDH y convino en realizar una investigación.
Al final del año, seguía llevándose
a cabo dicha investigación.
El 2 de octubre, tres de los ocho soldados acusados ante
un tribunal civil de agresión y violación
de 14 mujeres en julio de 2006, en el Estado de Coahuila,
recibieron condenas de 21 a 41 años de cárcel.
Un cuarto soldado fue condenado a cuatro años de
cárcel. Otros cuatro soldados fueron absueltos. Esta
es la primera vez que un tribunal civil procesa y declara
culpable a personal uniformado, por delitos mayores cometidos
estando de guardia.
El 22 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación
(SCJN) nombró una comisión de jueces para
llevar a cabo una investigación extrajudicial de
supuestos abusos y uso de fuerza perpetrados por cuerpos
policiales federales y estatales durante los enfrentamientos
de 2006 en Oaxaca; sin embargo, al final del año,
esta comisión no había terminado la investigación.
El 17 de agosto, la Suprema Corte acordó investigar
las supuestas violaciones a los derechos humanos ocurridas
en los enfrentamientos de mayo de 2006, en San Salvador
Atenco. La CNDH informó haber recibido 211 denuncias
de abusos, confirmando la denuncia de agresión sexual
y tortura contra 26 detenidos durante los enfrentamientos
en Atenco y después de ellos. Hacia fin de año,
la comisión de la Suprema Corte no había concluido
la investigación. El 9 de noviembre, las autoridades
del Estado de México pusieron en libertad a Magdalena
García Durán, vendedora callejera indígena
que fue detenida durante el conflicto, y retiraron todas
las acusaciones contra ella después de que los tribunales
federales expresaron que no hubo pruebas que justificaran
su detención y juicio. A mediados de noviembre, Amnistía
Internacional informó que 20 personas de las 33 detenidas
inicialmente permanecían encarceladas, acusadas de
delitos a raíz de los violentos enfrentamientos.
Condiciones penitenciarias y de centros de detención
Las condiciones penitenciarias siguen siendo deficientes.
La CNDH y otras ONG informaron que predominaron la corrupción,
el hacinamiento, el alcoholismo y la drogadicción
en la mayoría de las instalaciones. Las condiciones
de higiene y salud son malas y la mayoría de las
cárceles no cuenta con atención psiquiátrica.
El personal de gran parte de las cárceles está
mal capacitado, recibe salarios bajos y propende a la corrupción.
En ocasiones, las autoridades colocan a los presos en aislamiento
durante períodos indefinidos, y los reclusos suelen
tener que sobornar a los guardias para obtener comida, medicamentos
y otros artículos de primera necesidad. El hacinamiento
penitenciario sigue siendo un problema común; se
estima que, en promedio, la población en los 455
establecimientos penitenciarios del país excede el
130% de la capacidad prevista. El sistema penitenciario
de la Ciudad de México calcula que la población
de sus instalaciones excede el 160% de la capacidad prevista.
En muchas cárceles, los reclusos tienen una autoridad
considerable, desplazan a los funcionarios penitenciarios
y generan inseguridad generalizada, lo que conlleva a la
muerte de reos, con frecuencia a manos de otros presos.
Durante el año, hubo al menos 232 asesinatos y 34
suicidios entre una población de casi 218.000 en
los centros penitenciarios federales.
Normalmente, se mantiene a los detenidos en prisión
provisional junto con los delincuentes sentenciados. La
CNDH hizo notar que las condiciones de las mujeres encarceladas
fueron más deficientes que las de los hombres, en
particular para las mujeres que viven en la cárcel
con sus hijos. Hubo informes de casos de abuso sexual de
mujeres que se encontraban detenidas, aunque no se realizaron
estudios oficiales que sustentaran el alcance del problema.
El gobierno permitió a las ONG y a las organizaciones
de derechos humanos la supervisión independiente
de las condiciones carcelarias. El Comité Internacional
de la Cruz Roja, la CNDH y las comisiones estatales de derechos
humanos visitaron a los reclusos durante el año.
La CNDH informó haber realizado 209 visitas en el
año.
d. Arresto o detención arbitraria
La ley prohíbe el arresto y la detención
arbitrarios, así como el auspicio o el encubrimiento
de una detención ilícita; no obstante, la
policía hace frecuentemente caso omiso de estas disposiciones.
Función de la policía y el aparato de seguridad
Los cuerpos policiales federales, estatales y municipales
están integrados por 500.000 agentes aproximadamente.
La policía federal y la estatal se dividen en policía
preventiva y judicial. La policía preventiva mantiene
el orden y la seguridad pública y, por lo general,
no investiga los delitos. La policía judicial funciona
como fuerza investigadora bajo la autoridad y las órdenes
de los ministerios públicos (procuradurías).
Las fuerzas armadas están a cargo de la seguridad
exterior, pero tienen además importantes responsabilidades
internas, en particular, combatir el narcotráfico
y mantener el orden.
La corrupción siguió siendo un problema,
debido a que muchos agentes de la policía participaron
en secuestros y extorsiones, o protegieron o intervinieron
directamente en nombre de la delincuencia organizada y los
narcotraficantes. La impunidad fue generalizada hasta el
grado en que las víctimas se rehusaron con frecuencia
a presentar denuncias. La responsabilidad de investigar
los abusos de la policía federal compete a la PGR
y a la Secretaría de la Administración Pública,
dependiendo del tipo de delito. Asimismo, la CNDH puede
recibir denuncias, pero sus recomendaciones no son vinculantes
ni tienen peso legal. No obstante, cuando una entidad de
gobierno acepta una recomendación de la CNDH, tiene
la obligación por ley de tomar las medidas correspondientes.
A nivel estatal, existe un mecanismo similar. La CNDH ofreció
capacitación sobre derechos humanos a las fuerzas
militares y de seguridad, y el gobierno continuó
la formación profesional de sus agentes del orden.
Entre enero y octubre, en colaboración con la CNDH,
la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) capacitó
a más de 13.500 empleados y la Secretaría
de Seguridad Pública (SSP), a más de 18.000
en asuntos relacionados con los derechos humanos.
En junio, se relevó a 284 comandantes de la policía
federal, entre ellos a los 34 coordinadores de la policía
regional, como parte de la reforma del gobierno para fomentar
la transparencia y combatir la corrupción. La SSP
inició un programa integral con detectores de mentiras
destinado a capacitar a cientos de operadores de detectores
en los próximos dos años, a fin de emplear
este instrumento para eliminar la corrupción dentro
de esa secretaría.
La CNDH expresó preocupación por los supuestos
abusos de derechos humanos cometidos por algunos convoyes
militares desplegados en misiones antinarcóticos
y otras operaciones de aplicación de la ley. El 21
de septiembre, la CNDH mencionó cuatro incidentes
distintos que implicaban a unidades militares en matanzas,
allanamientos ilícitos, violaciones y detenciones
arbitrarias de personas. Al final del año, la CNDH
había emitido a la SEDENA cuatro recomendaciones
relacionadas con esos casos. La SEDENA aceptó las
cuatro recomendaciones y convino en realizar una investigación.
En diciembre de 2006, la Policía Federal Preventiva
(PFP) realizó una redada en la sede de la policía
ministerial de Oaxaca, y confiscó más de 340
armas para investigar si alguna había sido usada
en los ataques contra los manifestantes. Al final del año,
no había habido ningún avance en la investigación.
Arresto y detención
Se considera que un sospechoso es culpable hasta comprobar
su inocencia. Un fiscal puede retener a una persona hasta
48 horas (96 horas en casos de delincuencia organizada)
antes de presentar y acusar al sospechoso ante un juez.
La ley establece que las autoridades deben dictar sentencia
a una persona acusada en los cuatro meses posteriores a
la detención si el supuesto delito implica una sentencia
de menos de dos años de cárcel, o en un año
si el delito conlleva una sentencia mayor; en la práctica,
las autoridades judiciales y policiales con frecuencia hacen
caso omiso de estos plazos. Se puede obtener libertad bajo
caución mediante el pago de una fianza sólo
en los casos con penas de cinco años o menos; de
lo contrario, no es posible la liberación.
En muchos casos, la policía arrestó y detuvo
arbitrariamente a presuntos delincuentes sin una orden.
Normalmente, se permitió a los detenidos el acceso
inmediato a un abogado y a sus familiares. En algunos casos,
la policía mantuvo incomunicados a los detenidos
durante varios días. La CNDH recibió 432 denuncias
de detenciones arbitrarias durante el año.
La prisión provisional prolongada sigue siendo un
problema. Al final del año, un poco más de
92.000 reclusos, o cerca del 42% de todos los presos federales,
estaban esperando que se les dictara sentencia. Los medios
de difusión informaron que, a veces, los detenidos
permanecen encarcelados varios años sin juicio.
e. Denegación de juicio público imparcial
Aún cuando la ley establece que el Poder Judicial
es independiente, en ocasiones, las autoridades gubernamentales
influyeron en las decisiones del tribunal, en particular,
a nivel estatal y local. La corrupción, la ineficiencia
y la falta de transparencia siguen siendo un problema importante
en el sistema jurídico. Además, hubo ataques
de delincuentes a miembros del sistema judicial. El sistema
de tribunales federales está integrado por la Suprema
Corte, 91 tribunales de apelaciones de circuito, 49 tribunales
de apelaciones y 185 tribunales de distrito.
El 15 de mayo, en la Ciudad de México, agresores
desconocidos mataron a tiros a José Nemesio Lugo
Félix, funcionario federal, quien tenía una
colaboración importante en los asuntos de la Procuraduría
General relacionados con la delincuencia organizada.
Al final del año, seguía la investigación
del asesinato del juez federal René Hilario Nieto
Contreras, que tuvo lugar en Toluca en agosto de 2006. El
juez Nieto había manejado casos relacionados con
los carteles del Golfo y de Juárez.
Procedimientos judiciales
El sistema judicial se basa en el Código Napoleónico
y consiste en una serie de audiencias para determinar los
hechos, durante las cuales el tribunal recibe pruebas documentales
o testimonios. Un juez estudia el expediente del caso en
su despacho, y emite posteriormente un fallo final por escrito.
El expediente del procedimiento no está a disposición
del público; únicamente las partes involucradas
tienen acceso al expediente oficial, y sólo mediante
una petición especial. Los códigos de procedimiento
penal de los estados de Chihuahua, Oaxaca, Zacatecas, Baja
California Norte y Morelos permiten juicios orales para
todos los delitos.
La ley concede al acusado el derecho de asistir a las audiencias
y recusar la evidencia o el testimonio presentado. En general,
el gobierno respetó esos derechos en la práctica.
En la mayoría de los casos, las audiencias de los
tribunales estuvieron abiertas al público.
La ley establece que los acusados tienen el derecho de
contar con un abogado en todas las etapas del procedimiento
penal. En la práctica, esto sólo significó
que las autoridades tuvieron que nombrar a una "persona
de confianza", a la que no se exigió ninguna
experiencia ni preparación legal en particular, para
que representara al acusado. El sistema de defensoría
pública no fue suficiente para cubrir la demanda,
en especial a nivel estatal. Los servicios de defensoría
pública residieron en el poder ejecutivo o judicial;
no hubo ningún servicio independiente de defensoría
pública. De acuerdo con Amnistía Internacional,
la mayoría de los presuntos delincuentes no contó
con un representante sino hasta después de encontrarse
bajo autoridad judicial, lo cual permite que las personas
queden expuestas a coerción para que firmen declaraciones
falsas durante la prisión provisional.
Aunque la ley estipula que deben ofrecerse servicios de
traducción del español a idiomas indígenas
en todas las etapas del proceso penal, en general, no se
cumplió con esta disposición. Por consiguiente,
los acusados indígenas que no hablaban español
desconocían a veces la situación de sus casos
y, con frecuencia, los sospechosos fueron declarados culpables
sin que entendieran completamente los documentos que se
les exigía que firmaran.
Según se informó, los jueces siguen admitiendo
declaraciones obtenidas por medio de tortura como evidencia
contra el acusado. Se abusó particularmente de esta
práctica debido a que las confesiones fueron la prueba
principal en todas las declaraciones de culpabilidad de
delitos. Las ONG afirmaron que los jueces dieron muchas
veces mayor valor probatorio a la primera declaración
de un acusado, hecha con frecuencia en ausencia de un representante
legal. Esto fue un incentivo para que los ministerios públicos
obtuvieran una primera confesión incriminatoria y
un obstáculo para que los acusados pudieran desmentir
esas declaraciones.
La ley dispone la jurisdicción militar de los delitos
o faltas que impliquen una infracción de la disciplina
militar. En los casos en los que un miembro del ejército
comete un delito y es detenido por las autoridades civiles,
el ejército tiene derecho a solicitar la transferencia
inmediata del caso a la jurisdicción militar, una
práctica que condena la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos.
Presos políticos y personas detenidas
Una coalición de grupos locales e internacionales
de derechos humanos clasificó como presos políticos
a algunos de los líderes detenidos de la Asamblea
Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO) y del movimiento
de los maestros de Oaxaca, y expresaron esta inquietud ante
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Muchas
personas relacionadas con los manifestantes de Oaxaca fueron
arrestadas legítimamente por delitos como vandalismo
y agresión; sin embargo, los grupos de derechos humanos
expresaron preocupación acerca de que las acusaciones
contra algunos carecían de fundamento y que las autoridades
no siguieron el debido procedimiento legal. Los grupos también
denunciaron que los familiares, abogados y representantes
de derechos humanos tuvieron problemas para visitar a los
presos.
El 19 de noviembre, el tribunal local de Ocotlán
de Morelos, Oaxaca, ordenó la liberación del
presunto líder de la APPO, Horacio Sosa Villavicencio,
debido a falta de pruebas. Los hermanos Horacio y Flavio
Sosa Villavicencio, presuntos líderes de la APPO,
fueron arrestados en diciembre de 2006, y acusados de robo,
secuestro, violencia con agravantes, incendio intencional
y varios otros delitos. Al final del año, Flavio
Sosa permanecía detenido y sujeto a procedimientos
legales.
No hubo nuevos acontecimientos relacionados con el examen
judicial de 2005 realizado por el Secretario del Estado
de Guerrero, Armando Chavarría Barrera, de los casos
de nueve presos políticos potenciales detenidos en
las cárceles del estado.
Procedimientos y soluciones judiciales civiles
Existe una judicatura independiente e imparcial para asuntos
civiles, con acceso a un tribunal para reclamar daños
y perjuicios por una violación a los derechos humanos.
No se informó de ningún caso de este tipo
durante el año.
f. Interferencia arbitraria en la privacidad, la familia,
el hogar o la correspondencia
Aún cuando la ley prohíbe dichas prácticas
y exige órdenes de registro, en ocasiones, las autoridades
no acataron estas disposiciones. La CNDH recibió
397 denuncias de allanamientos ilícitos durante el
año.
Sección 2 Respeto a las libertades civiles, que
incluye:
a. Libertad de expresión y de prensa
La ley establece la libertad de expresión y de prensa,
y el gobierno respetó generalmente esos derechos
en la práctica. La mayoría de los periódicos
y las estaciones de radio y televisión son propiedad
privada; el gobierno tiene una presencia mínima en
la propiedad de los medios de información, aunque
es una fuente importante de ingresos por publicidad.
El 12 de abril, el presidente Calderón firmó
un decreto que elimina efectivamente los delitos de difamación,
libelo y calumnia a nivel federal. No obstante, a nivel
estatal, los periodistas siguen siendo vulnerables a amenazas
de prisión porque la mayoría de los estados
mexicanos tienen leyes sobre el delito de libelo que no
son sobreseídas por las leyes federales. En ocasiones,
los funcionarios estatales y locales respondieron de manera
adversa a artículos de noticias, amenazando a los
autores con demandas de libelo y difamación. Actualmente,
se exige a los estados enmendar sus códigos penales.
A pesar del apoyo del gobierno federal a la libertad de
prensa, muchos periodistas trabajaron en ambientes peligrosos.
Los reporteros que cubren asuntos de diversos grupos de
la delincuencia organizada y funcionarios públicos
corruptos vinculados con dichos grupos confirmaron que practican
la autocensura y reconocieron los peligros que el periodismo
de investigación representa para ellos y sus familias.
Los periodistas fueron acosados, amenazados o atacados;
la mayoría de las amenazas contra ellos se relacionó
con reportajes sobre la delincuencia organizada y el narcotráfico.
Durante el año, dos periodistas y tres auxiliares
de los medios de información fueron asesinados, y
hubo tres desaparecidos. La CNDH recibió 84 denuncias
de amenazas a periodistas durante el año.
De acuerdo con Reporteros Sin Fronteras, seis periodistas
que desaparecieron en los últimos años no
han sido encontrados; no se han realizado investigaciones,
ni se espera que se lleven a cabo. La Fiscalía Especial
para la Atención de Delitos Cometidos Contra Periodistas
hizo notar que, desde 1982, más de 50 periodistas
han sido asesinados o han desaparecido debido a su profesión,
de los cuales, 28 han muerto a partir de 2001.
Los ejemplos de amenazas, desapariciones y muertes ocurridas
durante el año comprenden:
- El 20 de enero, Rodolfo Rincón Taracena, un
periodista que informaba sobre asuntos del narcotráfico
para el periódico Hoy de Tabasco, desapareció
en Villahermosa, Tabasco.
- El 6 de abril, Amado Ramírez, corresponsal de
Televisa y Radiorama en Acapulco, fue muerto a tiros.
Ramírez, que recientemente había vinculado
a los narcotraficantes con la muerte de dos agentes de
la policía local, recibió varias amenazas
de muerte antes de ser asesinado. Las autoridades arrestaron
a dos hombres en conexión con este caso; ambos
fueron liberados posteriormente bajo fianza. Al final
del año, continuaba la investigación.
- El noticiero Al Tanto, que conducía el periodista
Amado Ramírez, fue sacado del aire el 9 de abril,
después de que la estación de Acapulco recibiera
amenazas posteriores a su asesinato.
- En abril y mayo, la oficina del periódico regional
Cambio de Sonora en Hermosillo fue atacada con granadas
que causaron daños menores y el cierre temporal
del periódico.
El 27 de noviembre, una comisión de la Suprema Corte
determinó que el gobernador del Estado de Puebla,
Mario Marín, y otros 29 funcionarios estatales participaron
en la violación de los derechos de Lydia Cacho, quien
fue arrestada por la policía de Puebla en 2005. Sin
embargo, el 30 de noviembre, la Suprema Corte rechazó
el informe de la comisión y dictaminó que
las violaciones no eran suficientes para ordenar acciones
legales contra el gobernador Marín.
No hubo sucesos en la desaparición en 2005 de Alfredo
Jiménez Mota, reportero de investigación.
Al final del año, el caso seguía abierto.
Libertad en internet
No hubo restricciones del gobierno al acceso a internet,
ni informes de que el gobierno haya controlado el correo
electrónico ni las salas de conversación por
internet. Las personas y los grupos pudieron participar
en la expresión pacífica de opiniones por
Internet y por correo electrónico.
Libertad académica y actos culturales
El gobierno no impuso limitaciones a la libertad académica
ni a los actos culturales.
b. Libertad de reunión y de asociación pacífica
La ley establece la libertad de reunión y asociación
y, por lo general, el gobierno respetó ese derecho
en la práctica. Los grupos que desean reunirse en
zonas públicas deben informar previamente a las autoridades
policiales locales. En todo el país, se realizaron
demostraciones organizadas y pacíficas frecuentes.
Durante el año, hubo varios enfrentamientos violentos
de manifestantes con la policía, y los arrestos consiguientes
dieron lugar a denuncias de detenciones arbitrarias, uso
de fuerza excesiva, maltrato físico, violación
y, en ocasiones, asesinatos.
El 16 de julio, los miembros de la APPO en Oaxaca participaron
en una manifestación violenta con la intención
de interrumpir una celebración cultural local. La
policía municipal y estatal de Oaxaca hirió
a 25 personas; también hubo 15 agentes de policía
lesionados y 60 personas detenidas. Según la ONG
oaxaqueña, Comité de Liberación 25
de Noviembre, seis personas permanecieron detenidas desde
el momento de los primeros disturbios en Oaxaca que comenzaron
en mayo de 2006, hasta los desórdenes de julio.
c. Libertad religiosa
La ley establece la libertad religiosa, y el gobierno respetó
generalmente este derecho en la práctica. No obstante,
hubo mecanismos deficientes de aplicación de la ley,
disputas locales por tierras y tradiciones familiares que
contribuyeron a la discriminación contra algunos
grupos religiosos, especialmente en el sur. Con frecuencia,
el gobierno federal y los gobiernos locales no castigaron
a los responsables de actos de discriminación por
motivos religiosos.
La constitución prohíbe que los miembros
del clero participen en puestos públicos, preconicen
opiniones políticas partidistas, apoyen a candidatos
políticos o se opongan a las leyes e instituciones
del estado.
Las asociaciones religiosas deben estar registradas ante
el gobierno para solicitar permisos oficiales para construcción
de obras, recibir exenciones fiscales y celebrar asambleas
religiosas fuera de sus lugares de culto. Aunque el gobierno
puede rechazar las solicitudes debido a documentación
incompleta, el proceso de registro fue el de rutina. Se
registraron más de 6.600 asociaciones religiosas.
Abuso y discriminación de grupos sociales
En las regiones del centro y sur, algunos líderes
de comunidades indígenas predominantemente católicas
consideraron a los grupos evangélicos como influencias
externas non gratas, y como amenazas económicas y
políticas. En ocasiones, estos líderes consintieron
u ordenaron el acoso o la expulsión de personas que
pertenecían principalmente a grupos evangélicos
protestantes. Ya sea que el grupo fuera desplazado a la
fuerza con violencia o se marchara voluntariamente para
evitar el acoso, con frecuencia se encontró viviendo
en las afueras de otra comunidad local y en condiciones
aún peores que las de la pobreza extrema que predomina
en la región. Como en años anteriores, los
funcionarios de la aldea impusieron sanciones a los grupos
evangélicos por negarse a participar en los festivales
de la comunidad o a trabajar en sábado.
La comunidad judía está integrada por 50.000
personas aproximadamente. No hubo informes de incidentes
antisemitas.
Para obtener información más detallada, consulte
el Informe Internacional sobre Libertad Religiosa 2007.
d. Libertad de movimiento, personas desplazadas internamente,
protección de refugiados y apátridas
La ley establece la libertad de movimiento dentro del país,
viajes al extranjero, emigración y repatriación,
y el gobierno respetó generalmente esos derechos
en la práctica.
La ley no permite el exilio forzado, y éste no se
practicó.
Protección de refugiados
La ley establece la concesión de asilo o la condición
de refugiados de conformidad con la Convención de
la ONU de 1951, en relación con el Estatuto de Refugiados
y su Protocolo de 1967, y el gobierno ha establecido un
sistema para ofrecer protección a los refugiados.
En la práctica, el gobierno dispone la protección
contra devoluciones, es decir, la repatriación de
personas a un país cuando existan motivos para que
teman ser perseguidos. Durante el año, el gobierno
concedió condición de refugiados o asilo a
tres solicitantes de los 311 casos pendientes.
Aunque muchas veces el Instituto Nacional de Migración
(INM) liberó en definitiva a los inmigrantes cubanos,
en algunos casos éstos fueron devueltos a Cuba. El
INM informó que 3.601 inmigrantes que entraron ilegalmente
durante el año provenían de Cuba; de éstos,
221 fueron devueltos a ese país. Los restantes resto
fueron liberados, y se supone que la mayoría solicitó
asilo en los Estados Unidos.
Anteriormente, el gobierno proporcionaba protección
temporal a las personas que pudieran no reunir los requisitos
como refugiados según la Convención de 1951
y su Protocolo de 1967; sin embargo, no lo hizo durante
el año. El gobierno cooperó con la Oficina
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados
y con otras organizaciones humanitarias para dar asistencia
a refugiados y personas que buscaban asilo. Se informó
que el INM concedió asilo a tres cubanos durante
el año.
Sección 3 Respeto a los derechos políticos:
el derecho de los ciudadanos a cambiar su gobierno
La ley establece que los ciudadanos tienen el derecho de
cambiar su gobierno por medios pacíficos, y los ciudadanos
ejercieron este derecho en la práctica por medio
de elecciones periódicas, libres y justas, celebradas
por sufragio universal.
Elecciones y participación política
La mayoría de los observadores neutrales determinaron
que las reñidas elecciones presidenciales y congresionales
de julio de 2006 fueron libres y justas en general. Entre
los observadores, hubo representantes de la Unión
Europea y de organizaciones de sociedades civiles locales
e internacionales. No obstante, el candidato presidencial
del PRD, Andrés Manuel López Obrador, disputó
enérgicamente la victoria del candidato del PAN,
Felipe Calderón, en los tribunales electorales. El
PRD exigió además el recuento total de los
votos en todo el país. El Tribunal Federal Electoral
ordenó el recuento de aproximadamente el 9% de las
casillas electorales, lo cual tuvo un efecto mínimo
en el margen de victoria del 0,56% de Calderón. En
su decisión final, el tribunal determinó que,
aunque no encontró pruebas de fraude, sí descubrió
varias irregularidades, insuficientes para justificar la
anulación de las elecciones.
En respuesta a la controversia sobre la elección
presidencial de 2006, el 14 de septiembre el gobierno aprobó
una ley que prohíbe el financiamiento público
y privado de publicidad política por televisión
o radio, exige la presentación de toda la publicidad
de las campañas políticas ante el Instituto
Federal Electoral (IFE) y especifica la distribución
del tiempo de transmisión por radio o televisión
entre los partidos políticos, según su parte
proporcional de los resultados de las elecciones más
recientes. La ley prohíbe mensajes negativos de campaña,
reduce los límites del gasto público para
elecciones presidenciales y dispone el reemplazo de los
nueve integrantes del Consejo General del IFE de manera
escalonada. Asimismo, crea el cargo de Contralor dentro
del IFE, para inspeccionar las finanzas de los partidos
políticos. El reconocimiento del IFE de un partido
político se basa en haber obtenido al menos el 2%
de la votación en las últimas elecciones nacionales.
Durante las elecciones de 2006, el IFE reconoció
ocho partidos políticos nacionales.
Hubo 24 mujeres en los 128 escaños del Senado, y
116 mujeres en los 500 escaños de la Cámara
de Diputados. Hubo dos magistradas entre los 11 miembros
de la Suprema Corte. En el gabinete integrado por 21 miembros,
hay siete mujeres, en comparación con una mujer en
la administración anterior. Muchos códigos
electorales estatales disponen que no más del 70%
al 80% de los candidatos pueden ser del mismo sexo. Todos
los partidos políticos continuaron la labor de aumentar
el número de mujeres candidatas a puestos por elección.
Algunos emplearon las cuotas que exigen que un porcentaje
de los candidatos de un partido sean mujeres.
No se contó con datos estadísticos acerca
de la participación de las minorías en el
gobierno.
La ley establece el derecho de los pueblos indígenas
a elegir representantes para los puestos locales de acuerdo
con la ley de "usos y costumbres", en lugar de
las leyes electorales estatales y federales. En algunas
comunidades indígenas, no faltaron los conflictos
y los casos de intimidación de electores durante
las elecciones. Las costumbres tradicionales variaron según
la aldea. En algunas aldeas, las mujeres no tuvieron derecho
al voto ni a ser electas para puestos públicos; en
otras, sólo pudieron votar pero no ser electas.
Corrupción y transparencia del gobierno
La ley establece sanciones penales por corrupción
de funcionarios; no obstante, la corrupción sigue
siendo un problema en todos los niveles del gobierno, ya
que algunos funcionarios públicos continuaron cometiendo
con impunidad abusos burocráticos y actos delictivos.
Los indicadores del Banco Mundial de la gobernanza en todo
el mundo mostraron que la corrupción gubernamental
era un problema. La corrupción en el nivel más
básico implicó el pago de sobornos a funcionarios
administrativos y a las fuerzas de seguridad por servicios
de rutina o en lugar de multas. Las formas de corrupción
más complejas y menos aparentes comprendieron pagos
excesivos por bienes y servicios destinados a funcionarios
electos y partidos políticos.
En julio, el Jefe de Gobierno y el presidente del Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación (TRIFE)
de México fueron acusados de abuso de fondos públicos
y de recibir compensaciones indebidas de contratistas durante
un proyecto de renovación de oficinas. En agosto,
ambos se vieron forzados a renunciar debido a las denuncias.
A pesar de importantes cambios institucionales y normativos
que aumentan la transparencia del gobierno, sigue siendo
difícil el acceso a la información. El gobierno
emprendió acciones destinadas a eliminar obstáculos
en los procedimientos a fin de facilitar el acceso a la
información. El 20 de julio, el número requerido
de estados ratificó las reformas constitucionales
que establecieron los criterios mínimos para tener
acceso a la información a nivel federal, estatal
y local. Al final del año, estaban pendientes las
normas específicas y los sistemas de información
para implementar estas reformas.
Desde su creación en 2003, el Instituto Federal
de Acceso a la Información Pública (IFAI)
ha recibido más de 218.000 solicitudes de información,
es decir, más de 148 solicitudes al día.
La mayor parte del avance del país en lo relacionado
con el acceso de los ciudadanos a la información
pública se llevó a cabo a nivel federal; sin
embargo, varios estados proporcionaron un servicio similar.
Cuatro gobiernos estatales (Distrito Federal, Chihuahua,
Nuevo León y Veracruz) firmaron un acuerdo formal
con el IFAI a fin de que el sistema de información
sobre operaciones gubernamentales, Infomex, estuviera disponible
para solicitudes de información sobre el gobierno
estatal.
Sección 4 Actitud del gobierno hacia las investigaciones
internacionales y no gubernamentales de supuestas violaciones
de los derechos humanos
En general, una gran variedad de grupos nacionales e internacionales
de derechos humanos funcionó sin restricciones del
gobierno, e investigó y publicó sus resultados
sobre casos de derechos humanos. Aunque los funcionarios
del gobierno federal mostraron con frecuencia cooperación
e interés en sus puntos de vista, algunas autoridades
estatales y municipales acosaron a los defensores de los
derechos humanos. Los organismos de las Naciones Unidas
y otros órganos internacionales realizaron sus operaciones
con libertad en el país, y criticaron públicamente
al gobierno sin ser objeto de restricciones ni sanciones.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Derechos Humanos mantuvo una relación constructiva
con el gobierno.
La CNDH, organismo semiautónomo que recibe financiamiento
total del gobierno federal, tiene la autoridad de investigar
denuncias sobre derechos humanos, y así lo hizo en
la práctica. La CNDH funcionó sin interferencia
del gobierno o de algún partido, recibió recursos
suficientes y contó con la cooperación del
gobierno. Durante el año, la CNDH emitió 70
recomendaciones, que no son vinculantes ni tienen peso legal
a menos que la entidad de gobierno las acepte formalmente.
Algunas recomendaciones fueron aceptadas y se implantaron;
otras fueron rechazadas. La CNDH recibió elogios
de la comunidad de ONG por su cobertura amplia e informes
detallados sobre abusos de los derechos humanos, pero ha
sido criticada por no presionar al gobierno suficientemente
para que cumpla sus recomendaciones.
Sección 5 Discriminación, abusos de grupos
sociales y trata de personas
La ley prohíbe la discriminación por motivos
de raza, sexo, discapacidad o religión. Hubo avances
del gobierno en el cumplimiento de estas disposiciones;
sin embargo, persistieron problemas importantes, en particular,
de violencia contra las mujeres.
Mujeres
La ley prohíbe la violación, incluida la
violación conyugal, penalizada con sanciones hasta
de 20 años. No obstante, en contadas ocasiones, las
víctimas de violaciones presentan denuncias a la
policía, en parte debido a respuestas ineficientes
y falta de apoyo de las autoridades hacia las víctimas,
temor a la publicidad y la creencia de que es poco probable
que esos casos sean llevados a juicio.
La violencia doméstica fue generalizada, sin denuncias
en la mayoría de los casos. La ley prohíbe
la violencia doméstica, incluido el maltrato conyugal,
y establece sanciones equivalentes al salario de 30 a 180
días, y detención hasta por 36 horas; sin
embargo, las sentencias reales fueron normalmente poco severas.
El 1 de febrero, el presidente Calderón firmó
una nueva ley que obliga a las autoridades federales y locales
a prevenir, castigar y erradicar la violencia contra las
mujeres.
A nivel estatal, las leyes que sancionan la violencia doméstica
son débiles, cuando las hay. Siete estados no consideran
la violencia doméstica como un delito, y 15 estados
penalizan la violencia familiar sólo cuando se trata
de un delito recurrente. En general, las víctimas
no denunciaron el maltrato por varias razones, entre ellas,
temor a represalias de sus cónyuges, temor a sufrir
privaciones económicas si sus cónyuges van
a la cárcel y la falta imperante de interés
de las autoridades para procesar dichos delitos. En 2006,
la entonces fiscal federal especial de delitos contra la
mujer, Alicia Elena Pérez Duarte, informó
que aproximadamente 1.600 mujeres fueron asesinadas en el
año, la mayoría debido a violencia doméstica.
La violencia de género en Ciudad Juárez,
Chihuahua, continuó con el asesinato de 19 mujeres
durante el año. Al final del año, nueve sospechosos
habían sido arrestados y otros cuatro estaban siendo
investigados.
En 2006, el Comité de las Naciones Unidas para la
Eliminación de la Discriminación contra la
Mujer declaró que no hubo resultados visibles en
los intentos del gobierno por prevenir la violencia de género.
En 2005, la relatora especial de la Comisión de las
Naciones Unidas de Derechos Humanos sobre la Violencia contra
la Mujer, Yakin Erturk, afirmó que la violencia contra
las mujeres indígenas en particular, era con frecuencia
"desestimada o justificada en el contexto de especificidad
cultural".
El Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), organismo
a nivel del gabinete de gobierno, informó que la
línea directa nacional, establecida según
el Programa Nacional por una Vida sin Violencia, recibió
más de 30.600 llamadas entre el 1 de enero y el 31
de diciembre. Aunque hay algunos albergues financiados por
el gobierno, las organizaciones de sociedades civiles y
los grupos de derechos de la mujer mantienen la gran mayoría
de los albergues que existen.
La prostitución es legal para los adultos, y sigue
siendo practicada en gran medida. Los alcahuetes y la prostitución
de menores de 18 años son ilegales; no obstante,
estos delitos también se practicaron ampliamente,
muchas veces, con el conocimiento o la colaboración
de la policía. El país es un destino de turistas
sexuales y pedófilos, en particular procedentes de
los Estados Unidos. No hay leyes específicas contra
el turismo sexual, aunque las leyes federales consideran
la corrupción de menores como delito castigado con
cinco a diez años de cárcel. La trata de mujeres
y menores para prostitución sigue siendo un problema.
La ley prohíbe el acoso sexual y establece multas
hasta de 40 días de salario mínimo, pero las
víctimas deben presentar cargos. Hubo numerosos informes
de acoso sexual en el lugar de trabajo, aunque las víctimas
se negaron a denunciarlos y los casos fueron difíciles
de probar.
La ley establece que las mujeres tendrán los mismos
derechos y obligaciones que los hombres, y que "recibirán
igual remuneración por trabajos iguales realizados
en puestos, horas de trabajo y condiciones de eficiencia
similares". De acuerdo con el Instituto Nacional de
Estadística, Geografía e Informática
(INEGI), el sueldo promedio para las mujeres fue un 7,4%
menor que el de los hombres, en comparación con un
12,6% menos en 2004. No obstante, según INMUJERES,
en algunas profesiones, la disparidad alcanzó el
50%.
La ley brinda protección a las mujeres embarazadas
que, según se informó, algunos empleadores
trataron de evitar al exigir pruebas de embarazo en los
reconocimientos médicos previos a la contratación
e indagar sobre la situación reproductiva de la mujer.
Menores
El gobierno se comprometió a velar por los derechos
y el bienestar de los menores. Aunque el gobierno mantuvo
programas para apoyar la salud maternoinfantil, brindar
ayuda financiera para la educación de los menores
pobres, subsidiar alimentos y ofrecer servicios de asistentes
sociales, los problemas de salud y educación infantil
siguen siendo generalizados.
La educación pública se ofrece hasta nivel
universitario, incluso en niveles de posgrado. Nueve años
de educación son obligatorios, y los padres de familia
tienen la responsabilidad legal de que sus hijos asistan
a la escuela. El censo de 2002 del INEGI mostró que
el 91% de los menores en edades entre 6 y 14 años
asistían a la escuela, pero sólo el 68% de
todos los menores que entran al primer grado terminan los
nueve años de educación obligatoria. En 2003,
el nivel de educación promedio al que llegó
la población de 15 años o más fue de
7,9 años.
El gobierno brindó muchos programas de atención
médica para niños y niñas en virtud
del acceso equitativo. El Fondo de las Naciones Unidas para
la Infancia (UNICEF) informó de tasas de vacunación
del 98% al 99% entre los niños de un año de
edad.
El matrimonio entre menores sigue siendo un problema. Aunque
no hubo datos estadísticos precisos, de acuerdo con
el informe de 2003 del INEGI, el 12% de los hombres y el
27% de las mujeres contrajeron matrimonio a edades entre
los 15 y los 19 años.
El gobierno estima que, cada año, 20.000 menores
son objeto de explotación sexual. El turismo sexual
y la explotación sexual de menores fueron problemas
importantes en la zona de la frontera norte y en los lugares
de centros vacacionales. El 27 de marzo, el gobierno promulgó
una ley para intensificar las sanciones contra la explotación
comercial de menores y adultos.
Trata de personas
Aún cuando la ley prohíbe aspectos de la
trata de personas, hubo trata de personas hacia el país,
desde el mismo o en su interior.
El país fue punto de origen, tránsito y destino
de la trata de personas con fines de mano de obra y explotación
sexual. La gran mayoría de las víctimas que
no eran de origen mexicano, provinieron de Centroamérica
y, en menor número, de Brasil, Cuba, Ecuador, China,
Taiwán, India y países de Europa oriental.
La trata de víctimas tuvo como destino los Estados
Unidos y diversos puntos del país. El turismo sexual
y la explotación sexual de menores fueron problemas
serios en la zona de la frontera norte y en los lugares
de centros vacacionales. Los grupos con mayor riesgo de
trata estuvieron integrados por mujeres, niños y
niñas, inmigrantes indocumentados procedentes de
Centroamérica, personas pobres e indígenas.
A las víctimas de la trata de personas, con frecuencia
pobres y sin educación, se les prometió empleo
pero, cuando se encontraron lejos de sus familias y sus
hogares, fueron forzadas a prostituirse, a trabajar en fábricas
o en el sector agrícola. Otras jóvenes inmigrantes
informaron haber sido robadas, golpeadas y violadas por
miembros de pandillas de delincuentes, y forzadas después
a trabajar en bares donde se baila en la mesa (table dance)
o como prostitutas bajo amenaza de más daños
a ellas y a sus familias. Muchos inmigrantes ilegales se
convirtieron en víctimas de traficantes en la frontera
de Guatemala, donde hay una presencia cada vez mayor de
pandillas como Mara Salvatrucha y Barrio 18, que hacen que
la zona sea especialmente peligrosa para mujeres y niños
indocumentados que migran sin compañía hacia
el Norte.
El 27 de noviembre, el Presidente firmó una ley
que convierte la trata de personas en un delito federal
sancionado con un máximo de 12 años de cárcel.
Además de la nueva ley federal, ocho estados promulgaron
leyes contra la trata de personas (Michoacán, Chihuahua,
Guerrero, Zacatecas, Tlaxcala, Baja California, Guanajuato
y Coahuila), y 21 estados y leyes federales diversas consideran
un delito ciertos aspectos de la trata de personas.
Además de las disposiciones de la nueva ley federal
contra la trata de personas, la ley tipifica como delito
la corrupción de menores, la explotación de
menores mediante la prostitución y la pornografía
infantil. Toda persona declarada culpable de un delito relacionado
con un menor de 18 años puede ser sentenciado a penas
de 5 a 10 años de cárcel. Si la actividad
ilícita involucra a niños menores de 16 años,
la sentencia aumenta una tercera parte; si se trata de niños
menores de 12 años, la sentencia aumenta el 50%.
Las personas que dirijan o faciliten estas actividades ilícitas
con fines de lucro pueden recibir penas de cárcel
de seis a diez años. Cuando se emplee violencia física
o psicológica para llevar a cabo abuso sexual u obtener
ganancias de la explotación de un menor, las sanciones
aumentan el 50%. La ley prohíbe también el
trabajo infantil forzado u obligatorio.
El gobierno tuvo ineficiencias estructurales, pero logró
notables mejoras en la obtención de datos y la promoción
de investigaciones, enjuiciamientos y declaraciones de culpabilidad
en los casos de trata de personas. Las autoridades desmantelaron
operaciones de contrabando y arrestaron a más de
seis supuestos traficantes durante el año. El gobierno
procesó unos ocho casos de trata de personas, todos
los cuales continuaban abiertos al final del año.
Asimismo, el gobierno realizó varios rescates de
víctimas potenciales de la trata de personas, emitió
una orden de aprehensión estatal y realizó
un arresto en virtud de cargos federales de pornografía
infantil. Conseguir las condenas sigue siendo un problema
para el gobierno.
En abril de 2006, la PGR ganó una apelación
en un proceso importante de trata de personas. Los siete
acusados, miembros de la familia Carreto, fueron declarados
culpables, multados y sentenciados a penas de cárcel
de 19 a 27 años. Los miembros de la familia Carreto
presentaron una apelación y fueron puestos en libertad.
En julio de 2006, Jean Succar Kuri fue extraditado a los
Estados Unidos por cargos de corrupción de menores
y pornografía infantil, entre otros. Al final del
año, continuaba su juicio.
Thomas White seguía detenido a fines del año,
acusado por el gobierno federal de corrupción de
menores. En noviembre, un tribunal de Jalisco revocó
una declaración de culpabilidad de cargos similares,
pronunciada por un tribunal estatal menor.
Como organismo policial federal predominante, la PFP es
la principal entidad operativa y coordinadora de las actividades
contra la trata de personas. El Instituto Nacional de Migración
(INM), la PGR, el Centro de Investigación y Seguridad
Nacional (CISEN), la CNDH, la Secretaría de Relaciones
Exteriores y el Sistema para el Desarrollo Integral de la
Familia (DIF) también desempeñaron funciones
clave en el combate de la trata de personas, la protección
de víctimas y el enjuiciamiento de traficantes. Durante
el año, la PFP nombró un director general
directamente responsable de los casos de trata de personas,
y asignó cinco unidades de investigación exclusivamente
a dichos casos. Dos de estas unidades ya iniciaron las investigaciones.
Más de 60 agentes de la PFP recibieron un curso de
40 horas de capacitación sobre la realización
de investigaciones de trata de personas, y 300 agentes de
la PFP asistieron a un módulo de cuatro horas en
su academia de capacitación. Durante el año,
el gobierno también participó en investigaciones
internacionales de trata de personas.
Hubo informes fidedignos acerca de que agentes de la policía
local, estatal y federal, de aduanas e inmigración
facilitaron la trata de personas. El 16 de agosto, dos agentes
del INM, Oscar Manuel Navarrete Orozco y María América
Maldonado Alfaro, fueron arrestados y acusados por la PGR
de dirigir un grupo delictivo organizado dedicado a la trata
personas, entre ellas, trabajadores indocumentados. Al final
del año, el INM informó que había emitido
nueve visados humanitarios para permitir que las víctimas
de la trata de personas permanecieran en el país
mientras estuviera pendiente la investigación de
sus casos.
El gobierno apoyó las campañas generales
para la prevención de la trata de menores y mujeres,
y administró programas especiales de asistencia destinados
a menores repatriados al país. Si bien existe un
sistema parcial para proteger y brindar servicios sociales
a las víctimas de la trata de personas, los inmigrantes
indocumentados fueron normalmente deportados antes de poder
ser identificados y eliminados del sistema de detención.
El gobierno aumentó la cooperación con las
ONG y las organizaciones internacionales, como la Organización
Internacional para las Migraciones, a fin de crear una red
de servicios para las víctimas de la trata de personas
e identificar a víctimas potenciales de la misma.
La PFP administró una base de datos en la web para
indagar el paradero de personas desaparecidas, entre ellas,
posibles víctimas de la trata de personas.
Personas discapacitadas
La ley prohíbe la discriminación contra personas
con discapacidades físicas y mentales en el trabajo,
la educación, el acceso a la atención médica
y la prestación de otros servicios; no obstante,
el gobierno no hizo cumplir competentemente todas estas
disposiciones. La mayoría de los edificios públicos
e instalaciones de la Ciudad de México no cumplen
con la ley que exige facilitar el acceso a personas discapacitadas.
El gobierno federal afirmó que las entradas, salidas
y pasillos de todas sus oficinas habían sido adaptadas
para permitir el acceso de personas discapacitadas, y en
2005 inició un programa para mejorar el acceso en
13 aeropuertos. El sistema de educación no logró
proporcionar educación especial a menores discapacitados.
En 2004, atendió aproximadamente a 400.000 estudiantes
de un total estimado de dos millones de discapacitados,
y sólo el 42% de los municipios en el país
brindaron educación especial.
Aunque el gobierno logró avances en el tratamiento
de personas con enfermedades mentales, los recursos del
gobierno destinados a este problema siguen siendo insuficientes.
La secretaría de salud colaboró con las secretarías
de desarrollo social, trabajo y educación pública,
así como con el DIF y la oficina de Promoción
e Integración Social para Personas con Discapacidad,
a fin de proteger los derechos de las personas discapacitadas.
El gobierno estableció oficinas y programas para
la integración social de personas discapacitadas,
entre ellos un programa para ampliar las oportunidades de
trabajo y poner en marcha un portal en línea para
comunicar información y brindar asistencia.
Pueblos indígenas
La población indígena ha sido por mucho tiempo
objeto de discriminación, represión y marginación.
Las comunidades indígenas, ubicadas principalmente
en las regiones del centro y sur, representan el 37% de
la población de los estados de Oaxaca y Yucatán.
Estos grupos siguen quedando en gran parte fuera de la corriente
política y económica, debido a antiguos patrones
de marginación social y económica. En muchos
casos, fue insignificante su capacidad para participar en
las decisiones que afectan sus tierras y tradiciones culturales,
y la distribución de recursos naturales.
Los grupos políticos, las ONG y los líderes
de las comunidades indígenas siguen denunciando el
uso de fuerza excesiva contra los pueblos indígenas.
Muchos de estos grupos consideraron intimidante la presencia
continua de unidades militares en ciertas zonas de Chiapas
y Guerrero.
El 18 de agosto, durante una investigación de actividades
ilícitas en la zona, las autoridades del Estado de
Chiapas detuvieron temporalmente a 39 hombres, mujeres y
niños del grupo tzeltal, desalojados de la reserva
natural de Montes Azules en Chiapas. Todos ellos fueron
liberados, pero las ONG hicieron notar la inquietud constante
por las disputas sobre tierras entre la comunidad y el gobierno
estatal.
Los pueblos indígenas no viven en reservaciones
autónomas, aunque algunas comunidades indígenas
tienen un control local considerable sobre asuntos económicos,
políticos y sociales. Por ejemplo, en el Estado de
Oaxaca, el 70% de los 570 municipios están gobernados
de acuerdo con el régimen indígena de la ley
de "usos y costumbres", la cual no sigue normas
democráticas como el voto secreto, el sufragio universal
y la afiliación política. Estas comunidades
aplican prácticas tradicionales para solucionar controversias
y elegir a los funcionarios locales. Estas prácticas
permiten a las comunidades elegir funcionarios de acuerdo
con sus tradiciones; sin embargo, las leyes de "usos
y costumbres" tienden a excluir a las mujeres del proceso
político y suelen infringir otros derechos de la
mujer.
La ley establece cierta protección para los pueblos
indígenas, y el gobierno brindó apoyo a las
comunidades indígenas por medio de programas de asistencia
social y económica, disposiciones legales y programas
de prestaciones sociales. No obstante, las limitaciones
presupuestarias impidieron que estas medidas cubrieran las
necesidades de la mayoría de las comunidades indígenas,
ya que persistió una grave escasez de infraestructura
básica y de servicios de salud y educación.
La ley establece que la instrucción educativa debe
llevarse a cabo en el idioma nacional, el español,
sin prejuicio de la protección y promoción
de los idiomas autóctonos. Sin embargo, muchos menores
indígenas hablan sólo sus lenguas autóctonas,
y el gobierno no proporcionó suficientes maestros
bilingües o que hablen dichas lenguas.
En general, el gobierno mostró respeto a los deseos
de los pueblos indígenas de conservar elementos de
su cultura tradicional. Durante el año, la CNDH investigó
173 denuncias de violaciones de derechos humanos entre las
poblaciones indígenas, y concluyó que 64 eran
dignas de crédito. Más de 130 ONG se dedicaron
a la promoción y protección de los derechos
de los indígenas.
Otros abusos y discriminación de grupos sociales
Aún cuando los homosexuales tuvieron mayor aceptación
social, el Centro Nacional para la Prevención y el
Control del VIH/SIDA afirmó que persiste la discriminación.
Fueron comunes las creencias y las prácticas homofóbicas,
que se manifiestan principalmente en los programas de los
medios de entretenimiento y en las actitudes diarias. Hubo
informes frecuentes de ataques contra homosexuales y transexuales.
La ley prohíbe varios tipos de discriminación,
incluida la discriminación por orientación
sexual, y exige que los organismos federales promuevan la
tolerancia.
Se registraron varios incidentes de acosos y ataques violentos
contra homosexuales. No hubo información reciente
sobre el menor arrestado en 2005 por el asesinato de Octavio
Acuña, un activista promotor de los derechos de las
personas con VIH y SIDA.
El 24 de septiembre, la SCJN decidió el quinto caso
de ocho soldados que denunciaron haber sido discriminados
por sus superiores ya que fueron dados de baja sumariamente
por haber obtenido resultados positivos de VIH. La SCJN
ordenó a la SEDENA que reinstituyera a los soldados
en los cargos que tenían.
Hubo informes fidedignos de que agentes de policía,
inmigración y aduanas infringieron frecuentemente
los derechos de inmigrantes indocumentados, cometiendo incluso
violación sexual. En julio, los medios de información
y los grupos de derechos humanos informaron que unidades
militares realizaron redadas en campos de inmigrantes en
Chiapas y cometieron abusos contra los residentes. Los funcionarios
militares y gubernamentales denegaron estos informes y,
al final del año, no se había llevado a cabo
ninguna investigación. En contadas ocasiones, los
inmigrantes indocumentados presentan cargos en estos casos
porque las autoridades suelen deportar a las personas que
recurren a ellas. El INM cuenta con 46 centros de detención
en todo México, específicamente para inmigrantes
indocumentados en México. Según informes,
la CNDH tiene una oficina en cada una de esas instalaciones
para garantizar que no se comentan abusos de los derechos
humanos contra los detenidos.
El 10 de enero, José Alejandro Solalinde, sacerdote,
y 18 inmigrantes centroamericanos fueron golpeados y detenidos
durante siete horas por ocho agentes de la policía
en Ixtepec, Oaxaca. El 13 de diciembre, la CNDH formuló
recomendaciones al gobernador de Oaxaca, Ulises Ruiz, a
la PGR y a los agentes de la policía municipal de
Ixtepec, Oaxaca, y el caso seguía pendiente al final
del año.
Durante el año, la CNDH emitió más
de 15 recomendaciones a entidades de gobierno, relacionadas
con inmigrantes centroamericanos, y recibió 388 denuncias
de violaciones de derechos de los inmigrantes, realizadas
por funcionarios de gobierno a nivel local y federal.
Sección 6 Derechos de los trabajadores
a. El derecho de asociación
Las leyes federales conceden a los trabajadores el derecho
de organizar y unirse al sindicato de su elección,
y los trabajadores ejercieron ese derecho en la práctica.
De acuerdo con el INEGI, hubo 42,4 millones de trabajadores
en la fuerza laboral, de los cuales, 15 millones integran
el sector formal; es decir, los que pagan impuestos al Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Cerca del 25% del sector formal está sindicalizado.
Por ley, 20 trabajadores pueden formar un sindicato independiente
con un registro formal. Sin embargo, los procedimientos
administrativos para el registro son complejos y engorrosos,
y los consejos laborales del gobierno rechazaron con frecuencia
las solicitudes de registro de sindicatos independientes
debido a formalidades. Asimismo, un sindicato nuevo debe
enfrentarse al sindicato aprobado del gobierno, si existe,
para lograr el control del contrato laboral. Ciertos informes
fidedignos siguen indicando el uso de contratos de protección,
los cuales consisten en un acuerdo según el cual
la compañía paga un monto mensual al sindicato
a cambio de paz en el sector. En contadas ocasiones, los
trabajadores eligieron democráticamente esos sindicatos,
y las cláusulas de exclusión de esos contratos
de protección dieron a los sindicatos en favor de
la administración el derecho a exigir el despido
de algunos trabajadores.
Las elecciones de representantes son tradicionalmente abiertas;
la administración y los funcionarios del sindicato
existente están presentes junto con el presidente
del consejo laboral cuando los trabajadores emiten abierta
y personalmente sus votos. En ocasiones, las elecciones
abiertas dieron lugar a la intimidación de los trabajadores
en favor del sindicato y de los trabajadores insatisfechos
con su sindicato actual, que deseaban afiliarse a un sindicato
independiente distinto.
b. El derecho de organización y negociación
colectiva
La ley establece el derecho de organización y negociación
colectiva, y el gobierno protegió este derecho en
la práctica. La negociación de contratos colectivos
cubrió a cerca del 7% de los trabajadores. La ley
establece el derecho de huelga en los sectores público
y privado, y los trabajadores ejercieron este derecho. Sin
embargo, sólo los sindicatos reconocidos oficialmente
pueden convocar a huelga. Para que una huelga se considere
legal, las autoridades laborales correspondientes deben
aprobar el emplazamiento a huelga del sindicato. A nivel
estatal, esto ocasiona un gran número de solicitudes
atrasadas de emplazamientos a huelga. Aún cuando
tuvieron lugar algunas huelgas formales, fueron comunes
los paros laborales informales.
No existen leyes especiales ni exenciones en las leyes
laborales para las zonas de procesamiento de exportaciones.
En ocasiones, la administración del sector maquilador
y de otros sectores usó contratos de protección
para impedir que los trabajadores formaran sindicatos auténticos
en una empresa, contraviniendo los principios de libertad
de asociación. Dichos contratos eran acuerdos colectivos
negociados por la administración y por el representante
de una supuesta organización laboral sin el conocimiento
de la fuerza de trabajo, y en ocasiones, antes de contratar
al primer trabajador en una nueva planta. La organización
Human Rights Watch atribuyó el problema a la falta
de sindicatos independientes y legalmente reconocidos que
puedan negociar acuerdos sólidos y justos de negociación
colectiva.
El 9 de abril, Rafael Santiago Cruz, organizador de los
trabajadores agrícolas inmigrantes, fue golpeado
y muerto en las oficinas de la Farm Labor Organizing Committee
(FLOC) de Nuevo León. Las organizaciones laborales
y de derechos humanos denunciaron que Cruz fue muerto debido
a la participación de su organización en la
representación de los trabajadores inmigrantes que
viajan a los Estados Unidos. Desde 2005 cuando la FLOC estableció
sus oficinas en Monterrey, éstas han sido objeto
de ataques en los medios de información, amenazas
de deportación, varios robos e intimidación
violenta. El 25 de mayo, las autoridades estatales arrestaron
a un conocido de la víctima, quien mencionó
a otras dos personas involucradas en el crimen. Al final
del año, la investigación continuaba, y otros
dos sospechosos seguían en libertad.
c. Prohibición del trabajo forzado u obligatorio
Aunque la ley prohíbe el trabajo forzado u obligatorio,
incluido el trabajo infantil, dichas prácticas persistieron
con frecuencia en los sectores rural e industrial. Los inmigrantes
y los menores fueron los grupos más vulnerables.
Hubo muchos informes de casos de maltrato y explotación
de guatemaltecos y otros trabajadores inmigrantes.
d. Prohibición del trabajo infantil y edad mínima
para trabajar
La ley protege a la niñez contra la explotación
en el lugar de trabajo, e incluye una prohibición
del trabajo forzado u obligatorio; sin embargo, el gobierno
no hizo cumplir efectivamente dichas prohibiciones. La ley
prohíbe el trabajo de niños menores de 14
años, y los menores entre los 14 y los 16 años
pueden trabajar en horarios limitados únicamente
y con permiso de los padres, nunca de noche ni en empleos
peligrosos. De acuerdo con las estadísticas más
recientes del UNICEF, el 16% de los menores de 5 a 14 años
participaron en actividades de trabajo infantil. Los principales
sectores donde hubo trabajo infantil fueron la agricultura
y la explotación sexual de menores.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social
(STPS) se encarga de proteger los derechos de los trabajadores.
No obstante, la STPS declaró específica y
públicamente que su mandato no cubre los aspectos
del trabajo infantil. La Secretaría del Trabajo,
la Secretaría de Desarrollo Social, la Procuraduría
General y el sistema de Desarrollo Integral de la Familia
tienen la responsabilidad de hacer cumplir las leyes del
trabajo infantil o de intervenir en los casos en que se
infringen dichas leyes. La aplicación de la ley por
parte del gobierno fue razonablemente efectiva en las empresas
medianas y grandes, en especial en el sector maquilador
y otras industrias bajo jurisdicción federal. La
aplicación de la ley fue insuficiente en muchas empresas
pequeñas y en los sectores agrícola y de la
construcción, y casi inexistente en el sector informal
en el que trabaja la mayoría de los menores.
Durante el año, la STPS, la Secretaría de
Desarrollo Social y el DIF llevaron a cabo programas para
evitar los abusos del trabajo infantil y promover los derechos
de la mano de obra infantil, entre ellos, intentos específicos
por combatir la explotación sexual de menores.
No fue extraño encontrar a niñas menores
de 15 años dedicadas a la prostitución. La
trata de menores para explotación sexual es un problema.
e. Condiciones aceptables de trabajo
La ley establece un salario mínimo diario, que se
fija cada diciembre para el siguiente año. En el
año, los salarios mínimos por zona fueron:
$4,60 (51 pesos) en la Zona A (Baja California, Distrito
Federal, Estado de México y las grandes ciudades);
$4,46 (49 pesos) en la Zona B (Sonora, Nuevo León,
Tamaulipas, Veracruz y Jalisco); y $4,33 (48 pesos) en la
Zona C (todos los demás estados). El salario mínimo
no permitió un estándar de vida decente para
el trabajador y su familia, y sólo una pequeña
parte de los trabajadores en la fuerza de trabajo formal
recibió el salario mínimo. La STPS es responsable
de proteger los derechos de los trabajadores, entre ellos
las disposiciones del salario mínimo en la ley, y
lo hizo realmente.
La ley fija seis días de ocho horas o 48 horas por
semana, como la semana laboral legal. Todo trabajo que exceda
de ocho horas diarias se considera tiempo extra, por el
cual el trabajador recibe el doble del salario por hora.
Después de acumular nueve horas de tiempo extra,
un trabajador gana el triple del salario por hora, y la
ley prohíbe el tiempo extra obligatorio. Sin embargo,
durante el año, se presentaron disputas de derechos
del trabajo ante los consejos laborales y las organizaciones
internacionales del trabajo, con denuncias de que los trabajadores
no recibieron el pago de tiempo extra que se les debía.
La ley exige que los empleadores cumplan con los reglamentos
de salud y seguridad ocupacional, emitidos junto con la
STPS y el IMSS. Las comisiones conjuntas de administración
y trabajo bajo mandato legal establecieron las normas y
estuvieron a cargo de su cumplimiento en el lugar de trabajo,
en plantas y oficinas. Los empleados y los sindicatos pueden
presentar quejas directas a los inspectores o a los funcionarios
de salud y seguridad. Los trabajadores pueden excluirse
ellos mismos de situaciones peligrosas sin poner en riesgo
su trabajo. Los demandantes pueden presentar denuncias ante
el consejo federal del trabajo sin costo alguno para ellos.
Aunque los funcionarios de la STPS y del IMSS informaron
que hubo un cumplimiento razonablemente bueno en la mayoría
de las grandes empresas, no hubo suficientes inspectores
federales para hacer cumplir las normas de salud y seguridad
en las empresas pequeñas.
El 20 de marzo, un juez estatal acusó y presentó
cargos formales contra cinco administradores de Industrial
Minera México, S.A. y ex funcionarios de la administración
del presidente Fox en relación con el accidente minero
de 2006 en Coahuila en el que murieron 65 mineros. Estas
personas fueron acusadas y sentenciadas a prisión
por el juez de un tribunal estatal, por no garantizar las
condiciones mínimas de seguridad de los mineros muertos
en la explosión. Los cinco administradores pagaron
una multa, aunque no se dieron a conocer públicamente
los detalles de dicha multa. |